Judiciales y Policiales
Tramoyas

Denuncian al Gobierno de Arabela por la falta de control de proyectos financiados en el Fondo de Desocupados

Arabela Carreras, gobernadora de Río Negro, en medio de una movida turbia bajo su guardia. (Dibujo: NOVA)

El Fondo de Desocupados, que administra el Ministerio de Desarrollo Humano, fue denunciado en la Fiscalía de Investigaciones Administrativas por el incumplimiento del mecanismo fijado por la ley, derivando que el Estado provincial de Arabela Carreras compre bienes de capital y se los cede a beneficiarios, sin ninguna obligación de su restitución, como prevé la normativa.

Constituido por retenciones al personal que tiene doble percepción estatal, el Fondo rionegrino se creó en el 2006 para otorgar “asistencia económica, social y capacitación” a los rionegrinos que no tengan “un puesto de,trabajo remunerado”, y procurar “desarrollar proyectos productivos, bajo esquemas de microemprendimientos asociativos, individuales, familiares y/o solidarios”.

El legislador del Frente de Todos, Pablo Barreno recurrió a la fiscalía de Investigaciones, que conduce Fabian Gatti, al entender que su ejecución se cumple en forma “irregular” y existe “en sospechoso apartamiento de la ley y reglamentación”.

Según un informe oficial, la Provincia había recaudado el año pasado unos 4,5 millones por mes. En el 2021, esas percepciones rondaron los 34 millones.

Las conclusiones de Barreno aparecieron después de las respuestas de la ministra Natalia Reynoso a un pedido de informe suyo, que el parlamentario entendió que sus contestaciones fueron “tan sorpresiva como insuficientes, generando innumerables dudas respecto a la existencia, ejecución, destino y control del destino de los fondos que efectivamente se recaudaron con la implementación de dicho fondo”.

Su principal cuestionamiento, que califica de “extrema gravedad”, estuvo en que la ministra afirma que la “Unidad de Comercialización y Gestión de Negocios, prevista en la ley 4035, no ha sido creada. Ese cuerpo tendría la función de “asesoramiento, comercialización, promoción y coordinación”, entre otros, aunque Barreno destaca que su ausencia determina que no existe “ningún tipo de control ni fiscalización en la efectiva realización y cumplimiento con los proyectos que son presentados”.

Agrega que eso “deriva que, en caso de que se hubieran entregado fondos para la adquisición de bienes de capital de magnitud, tampoco se habría inscrito bajo la propiedad del autoridad de aplicación, como establece” la normativa.

Después, precisa que no hay “registro respecto a los contratos de comodato”, exigido al momento de adquirir bienes de capital y determinar los plazos de transferencia de su propiedad”, “teniendo en cuenta los informes técnicos del sistema de monitoreo y evolución de los proyectos”.

El legislador concluye que “en el mejor de los casos, existiría una compra por parte del Estado y una posterior entrega a los beneficiarios, o una transferencia de fondos hacia los beneficiarios para que estos adquieran los mismos, pero” sin celebrar el “contrato de comodato y/o la inscripción a nombre del Estado, siendo los beneficiarios quienes se quedarían con la propiedad exclusiva de los bienes de capital, sin que pese sobre estos la obligación de restituirlos al Estado”.

Además, el legislador plantea que la Fiscalía “deberá realizar una pormenorizada auditoría de todos esos supuestos proyectos, comunicando al Tribunal de Cuentas para que determine si efectivamente se cumplieron esos proyectos, recabe los convenios suscriptos, beneficiarios, instrumentos fiscales sobre los que se acreditó la compra de bienes de capital para el desarrollo de los proyectos y toda la información necesaria para investigar la probable comisión de delitos”.

Barreno afirmó que las contestaciones “ambiguas y evasivas del ministerio, o incluso sin respuesta, no hacen más que generar un sinfín de sospechas e interrogantes”.

Destacó que no hay “información respecto al control del cumplimiento de los proyectos por los que se conceden sumas de dinero, que, si formulamos un lógico juicio de probabilidad, no solo hay un incumplimiento a la ley, sino que allana el camino para que los fondos que son otorgados a los beneficiarios sean utilizados con una finalidad diametralmente opuesta a la de los convenios -que tampoco fueron acompañados”.

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