Judiciales y Policiales
¡Hasta las manos!

Millonaria condena contra Edersa por el joven electrocutado en un temporal en Cipolletti

La víctima quedó con secualas irreparables.

La justicia civil de Cipolletti condenó a Edersa a pagarle más de 54 millones al chico de 18 años que se electrocutó en medio de un temporal de lluvia en 2014. Se probó en el juicio la distribuidora es responsable de la energía como elemento riesgoso. Además se advirtió que fallaron los controles en el domicilio donde ocurrió el accidente.

El joven víctima estaba saliendo de la adolescencia el año del incidente. Jugaba al fútbol en la primera división de Pilmatum. Era muy activo, declararon sus amigos en el juicio. Tenía sueños y expectativas. Todo se truncó ese fatídico día.

El 7 de abril de 2014 una tormenta de lluvia azotó a la región. Generó un sinnúmero de inconvenientes, inundaciones y evacuados. El muchacho de 18 años iba en bici. Era de mañana. En la calle Río Neuquén 2322 del barrio Anai Mapu, los autos intentaban escapar del anegamiento. Se generó una ola en la cuadra y el chico se subió a la vereda.

No se comprobó en la causa, pero se supone que perdió el equilibrio y se sostuvo de la reja electrocutada. También pudo haber caído al charco, que también tenía energía.

Lo que se sabe es que el pilar de ese domicilio estaba conformado por una caja metálica de más de 30 años. Había alambres atados a una malla sima y de ahí a la reja. El sector condujo la energía que se propagó con el agua. La víctima fue rescatada del charco. Estuvo un año internado en terapia intensiva. Quedó con secuelas irreversibles.

Después hubo una investigación penal. Y finalmente la familia se decidió en 2016 a presentar la demanda civil. El proceso encontró dificultades para dar con un perito eléctrico.

La compañía Edersa citó al propietario del inmueble para que afrontara la responsabilidad. En su defensa la distribuidora alegó que los problemas estaban en las instalaciones eléctricas internas del domicilio donde ocurrió el hecho. Sin embargo las pruebas de la causa demostraron que la compañía es la “dueña o guardián de la cosa riesgosa” (son los términos de la responsabilidad civil) que en este caso es la energía.

Además la sentencia estableció que la legislación respecto a la seguridad de los pilares había cambiado hace diez años. Y en este caso el pilar y el medidor metálico tenían 30 años de antigüedad. Es decir que ni la compañía (ni los terceros que suelen contratar) controlaron la seguridad.

La indemnización al joven es por la suma de 54.193.300 de pesos. En resguardo de su privacidad y de su seguridad no se consignan aquí mayores datos ni de identidad ni de su estado de salud.

Lectores: 243

Envianos tu comentario