La Provincia
Pandemia

Extienden las restricciones en distintas localidades de la provincia

Desde la cartera sanitaria indicaron que la extensión de restricciones se debe a razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, ante la pandemia de coronavirus. (Dibujo: NOVA)

El Ministerio de Salud de Río Negro dispuso extender hasta el 31 de agosto las medidas de restricción de circulación y apertura de comercios en Bariloche, Dina Huapi y el Departamento General Roca.

Desde la cartera sanitaria indicaron que se debe a razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, ante la pandemia de coronavirus.

En Bariloche y Dina Huapi, la totalidad de los comercios deberán permanecer cerrados los días domingo, debiendo sus titulares utilizar esa jornada para realizar una completa desinfección de los mismos.

Asimismo, la circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 6 y las 21 horas de lunes a domingo. El personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria estará exceptuado de cumplir esa normativa, para lo cual deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

El horario de comercios esenciales y no esenciales, será hasta las 2, mientras que el servicio de delivery será hasta las 23

En Departamento General Roca, la apertura de comercios tendrá los domingos la misma restricción que en Bariloche y Dina Huapi con la misma obligación de utilizar esa jornada para la desinfección del local.

La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 6 y las 19 de lunes a domingo a excepción del personal esencial.

En los horarios establecidos, sólo podrán circular los días lunes, miércoles y viernes aquellos ciudadanos cuyo documento de identidad finalice en número “par”, en tanto que aquellos terminados en número “impar” sólo podrán hacerlo los días martes, jueves y sábado. Los días domingo no podrá existir circulación de vehículos y personas.

La totalidad de las localidades comprendidas en el Departamento General Roca, las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, que se realicen en el marco del Decreto Nº 605/20, estarán sujetas a los siguientes horarios de realización:

-Comercio esencial: deberá realizarse entre las 8 y las 19

-Comercio no esencial y actividades de servicio: deberá realizarse entre las 9 y las 19 hs.

-Restoranes, bares, cafés y establecimientos similares, en aquellas localidades que posean habilitación al efecto: deberá realizarse entre las 9 y las 23 salvo disposición expresa que disponga distintos horarios.

-Reparto a domicilio de alimentos y bebidas podrá realizarse en el horario de 9 a 23.

Exclusiones

Los municipios de Cinco Saltos, General Fernández Oro, Campo Grande, General Enrique Godoy, Cipolletti, Catriel, Villa Regina, Chichinales e Ingeniero Huergo, quedarán excluidos de algunas de las restricciones

Lectores: 270

Envianos tu comentario